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Argentina: La Fiscalía solicita la extradición de Nicolás Maduro para su juzgamiento por crímenes de lesa humanidad

El año 2026 se inicia con un acontecimiento bizagra de alto impacto geopolítico y jurídico, que marca un punto de inflexión en la crisis venezolana y reconfigura el escenario regional e internacional. La detención de Nicolás Maduro en Estados Unidos ha generado una fuerte polarización en la opinión pública internacional: mientras un sector interpreta el accionar como un paso decisivo hacia una transición democrática en Venezuela, otro lo califica como una intervención o injerencia externa. Se presenta una bipolaridad respecto a la opinión pública.

En este contexto, la República Argentina emerge como un actor relevante en el plano judicial internacional. La Fiscalía Federal argentina, a cargo del fiscal Carlos Stornelli, solicitó ante un juez federal la activación formal del proceso de extradición de Nicolás Maduro desde Estados Unidos, con el objeto de que sea indagado y eventualmente juzgado en territorio argentino por presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos durante su gobierno en Venezuela.

La solicitud se enmarca en una causa penal iniciada a partir de denuncias presentadas por organizaciones civiles, organismos de derechos humanos y víctimas directas, que atribuyen al régimen venezolano la comisión de violaciones graves, sistemáticas y generalizadas de derechos fundamentales. Entre los hechos denunciados se registran, según informes de organismos internacionales, 10.185 ejecuciones extrajudiciales, 17.400 detenciones arbitrarias, 3.500 desapariciones forzadas, 653 casos de tortura desde el año 2014, más de 2.000 presos políticos, violencia sexual como hostigamiento, 7 millones de personas necesitadas y más de 100.000 niños menores de 5 años afectados por desnutrición aguda severa y 332.617 muertes violentas, además del desplazamiento forzado de más de 8 millones de personas como consecuencia de hambruna, enfermedades y el colapso institucional.

Estos datos han sido documentados y respaldados por informes de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la Organización de los Estados Americanos (OEA), el Foro Penal, el Observatorio Venezolano de Violencia (OVV) y Amnistía Internacional, y constituyen el sustento probatorio inicial de la causa.

El expediente tramita en el Juzgado Federal N.º 2, a cargo del juez Sebastián Ramos. Cabe destacar que ya en el año 2024 la justicia argentina había avanzado en la investigación y ordenado la captura internacional de Nicolás Maduro, invocando el principio de jurisdicción universal, que habilita a los Estados a investigar y juzgar crímenes de lesa humanidad con independencia del lugar de comisión o de la nacionalidad de las víctimas.
La orden de detención no se limita al exmandatario venezolano, sino que también alcanza al ministro del Interior y segundo hombre fuerte del régimen, Diosdado Cabello, junto con otros treinta altos funcionarios del chavismo, presuntamente involucrados en la estructura represiva del Estado venezolano.

PROCEDIMIENTO LEGAL:
El accionar de la justicia argentina se enmarca por medio del derecho penal internacional y el ordenamiento jurídico nacional, particularmente en materia de crímenes de lesa humanidad, los cuales son imprescriptibles y susceptibles de ser juzgados bajo el principio de jurisdicción universal.

El procedimiento se inicia a través de denuncias penales por parte de víctimas extranjeras en territorio extranjero, organizaciones civiles y organismos de derechos humanos, las cuales son evaluadas por el Ministerio Público Fiscal. En esta instancia, la Fiscalía analiza la competencia del tribunal, la calificación jurídica de los hechos y la existencia de un patrón sistemático y generalizado de violaciones a los derechos humanos.

Una vez acreditados estos extremos, el fiscal inicia la investigación penal y solicita la adopción de medidas judiciales ante el juzgado federal competente, que en este caso es el Juzgado Federal N.º 2. El magistrado interviniente dispone la apertura formal de la causa, ordena la producción de prueba, puede dictar órdenes de captura nacional e internacional.

Cuando el imputado se encuentra fuera del territorio argentino, el Estado puede requerir su comparecencia mediante un pedido de extradición, cuyo caso es del exmandatario Nicolas Maduro, el cual se tramita a través de los canales diplomáticos correspondientes y conforme a los tratados internacionales vigentes. Dicho pedido debe contener la descripción de los hechos imputados, encuadre legal, en este caso crímenes de lesa humanidad y los elementos probatorios que lo sustentan.

La concesión de la extradición queda sujeta a la decisión del Estado requerido, que evalúa la legalidad del pedido, la naturaleza del delito y las garantías del debido proceso. En caso de ser otorgada, el imputado es trasladado a la República Argentina para prestar declaración indagatoria y continuar el proceso penal, el cual podrá culminar en su sobreseimiento, procesamiento o elevación a juicio oral.
Cabe destacar que estas medidas revisten carácter estrictamente procesal y no implican, en ningún caso, una declaración anticipada de culpabilidad.

Podemos ver que frente al accionar diplomático, Argentina cumple un rol determinante frente a justicia política-social.

Ferreyra, Chiara Avril.